¿Será
nuevamente sancionado Carlos Morales por abusar de su cargo para promocionar su
imagen y la de MORENA? ¿Por usar recursos públicos para afectar la equidad de
la competencia electoral entre partidos políticos? ¿Por presuntamente coaccionar
el voto de los ciudadanos mediante el condicionamiento de los apoyos de los
programas sociales del Ayuntamiento?
Veamos,
primero, los hechos. Todo empezó aproximadamente hace dos meses, cuando él
comenzó a hacer propaganda de sí mismo a través de internet y de las cuentas
oficiales en redes sociales de las dependencias del Ayuntamiento a su cargo. En
la publicidad oficial, su nombre e imagen eran visibles.
De
acuerdo al Artículo 134 de la Constitución, la publicidad institucional sólo
debe utilizarse para educar y orientar a la sociedad, asimismo para que se sepa
qué están haciendo los representantes y los funcionarios como parte de sus
obligaciones, más no para hacer proselitismo. Está prohibido que los servidores
públicos difundan propaganda oficial con sus nombres, imágenes, voces o
símbolos que impliquen promoción personalizada. Tal como Carlos Morales lo venía
haciendo.
Morales
fue denunciado, y el 30 de enero de 2020 la Comisión Permanente de Quejas y
Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) ordenó,
como medida cautelar, que toda la propaganda institucional con su nombre e
imagen fuera retirada de la página oficial del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez
y de las redes Facebook, Twitter y YouTube. Le dio 48 horas para hacerlo.
Aunque,
aparte de utilizar la publicidad oficial para promocionarse en redes sociales, Carlos
Morales decidió imprimir lonas con su nombre bajo el motivo de dar a conocer
las obras del gobierno municipal, y muchas de éstas están colgadas en decenas
de puentes peatonales en toda la ciudad. Y hasta el día de hoy reparte en las
escuelas públicas la “Gaceta Informativa del H. Ayuntamiento de Tuxtla
Gutiérrez”, en la que también so pretexto de informar las acciones de su
gestión, su imagen y nombre aparecen repetidamente en las cuatro páginas, a
colores, de dicha publicación. Una persona me regaló la edición de diciembre de
2019, que ayer fue entregada a los padres de familia en un jardín de niños del
barrio San Francisco.
Por
ello, que también representa una clara promoción personal, todavía no hay
ninguna denuncia.
Pero
los hechos no paran ahí. El reciente 7 de febrero, el IEPC dio entrada a una
nueva denuncia contra Carlos Morales por más violaciones a lineamientos en
materia electoral.
Cito
la denuncia, promovida por Iván Sánchez Camacho, presidente del Comité
Municipal del PRI en Tuxtla Gutiérrez, porque merece la mayor difusión:
“El ciudadano
Carlos Orsoe Morales Vázquez, presidente municipal constitucional del H.
Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, quien en uso indebido de su encargo
público y en flagrante violación al artículo 134 párrafo 7 y 8 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presuntamente permite
utilizar a los funcionarios municipales bajo sus órdenes, los colores alusivos
al partido Morena en actividades oficiales institucionales del H. Ayuntamiento
de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, específicamente en la denominada “Caravana
Tuchtlán” y otras, realizadas a través de la Secretaría de Salud del
Ayuntamiento de Tuxtla; además de hacer franca promoción de su persona en las
diversas redes sociales publicitando de las acciones de su gobierno fuera de
los tiempos de difusión institucional que regula el artículo 57 fracción XXXI
de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración
Municipal del Estado de Chiapas, violando a su vez el artículo 53 fracción XXII
del mismo ordenamiento, así como del artículo 193 numeral 6 del Código de
Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas”.
Expliquemos. La Caravana
Tuchtlán tiene el objetivo de llevar a las diferentes colonias de la capital
servicios y apoyos a los ciudadanos. Sin embargo, desde su reactivación el 25
de enero, el personal usa uniformes en color guinda (usado por Morena) y se
dice que entregan los apoyos en nombre de Carlos Morales y no del Ayuntamiento.
Algunos beneficiarios de los programas sociales se han quejado de que les
condicionan los beneficios con la promesa de que apoyen las aspiraciones
políticas del alcalde.
Los delitos son
evidentes. En primer lugar, Morales hace promoción de su persona y, al usar el
color guinda, también hace de su partido. Segundo, los apoyos gubernamentales,
base de su proselitismo, son pagados con recursos municipales. Tanto uno como
el otro, constituyen violaciones a la ley.
FUNDAMENTOS LEGALES
El
primer párrafo del Artículo 134 constitucional establece que los recursos
públicos deberán administrarse con eficiencia, eficacia, transparencia y
honradez. Éste se relaciona con lo que estipula el Artículo 8, Fracción 3, de
la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, que
obliga a todo funcionario utilizar los dineros que les fueron asignados en los
fines establecidos, no para la autopromoción política.
Por
otra parte, el Artículo 223 del Código Penal Federal dice que comete el delito
de peculado aquel servidor público que utilice fondos del erario con el fin de
promover la imagen de su persona o la de un tercero, cuya sanción podrían ser
multas económicas y hasta 14 años de cárcel.
El
Artículo 11 de la Ley de Delitos Electorales indica que se impondrán hasta
cuatrocientos días de multa y de dos a nueve años de prisión a aquel servidor
público que utilice fondos de manera ilegal en apoyo de un candidato o partido,
condicione la prestación de un servicio público o el cumplimiento de programas
gubernamentales, así como supuestamente lo ha venido haciendo Carlos Morales.
No
hay que dejar de observar las sanciones que impone el Artículo 5 también de la
Ley de Delitos Electorales, que a la letra dice: Tratándose de servidores
públicos que cometan cualquiera de los delitos previstos en esta Ley, se les
impondrá, además de la sanción del tipo penal de que se trate, la
inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público
federal, de las entidades federativas, municipios y las demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México, de dos a seis años y, en su caso, la
destitución del cargo.
Como
podemos ver el presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez, al utilizar recursos
para promoverse y promover a su partido, contraviene las disposiciones legales
antes descritas. Por lo cual, podría ser sujeto de multas, o ser encarcelado, o
inhabilitado para ocupar otro cargo o reelegirse o, así sea el caso, destituido
de la alcaldía.
LEGITIMIDAD EN JUEGO
La
pregunta es si el IEPC tendrá la capacidad para imponer una sanción ejemplar a
Carlos Morales y fijar un antecedente para que nunca más un servidor público en
Chiapas abuse de su poder para impulsar su imagen política al margen de la ley
y en detrimento de los recursos del pueblo. Los hechos son contundentes. Sólo
falta que las autoridades tengan voluntad para aplicar las leyes.
Por
tanto, la legitimidad del IEPC está en juego. ¿Tendrá la integridad para procesar
a Carlos Morales, en aras de la legalidad, la justicia y en protección de la
democracia, que es su deber supremo? Ya veremos. ¡Chao!
yomariocaballero@gmail.com
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