En
el artículo titulado “Longeva, parchada y deformada: Qué hacer con la
constitución de 1917”, publicado en la revista Nexos el primero de este mes,
Pedro Salazar Ugarte, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ)
de la UNAM, explica el proceso de revisión que hizo el IIJ sobre la Constitución
Política vigente y la ardua tarea que llevó reordenarla y limpiarla, ya que se
trataba de una “nueva-vieja constitución técnicamente muy defectuosa”.
¿Por
qué defectuosa? Porque abunda en “disposiciones duplicadas, contradicciones
terminológicas, desorden y falta de sistematicidad temática, ubicación errada
de las materias reguladas, sobrerregulación de cuestiones que deberían estar en
las leyes secundarias, errores en la actualización del texto”. Y agrega
Salazar: “si la Constitución fuera un texto académico diríamos que adolece de
metodología, que está mal escrito, que no se entiende y que amerita una
evaluación reprobatoria”.
El
resultado del trabajo del IIJ es una constitución más ordenada, más accesible,
coherente y clara, con 17 mil 255 palabras menos (equivalente al 26.1% de su
extensión actual) que lograron suprimir con la creación de un cuerpo aparte que
llamaron Ley de Desarrollo Constitucional, donde colocaron del texto principal
todo aquello que parecía más bien digno de una ley secundaria. Por ejemplo, los
minutos que corresponden a los partidos políticos en radio y televisión durante
los procesos electorales.
LA
REFORMA CHIAPANECA
Parecido
al estudio a la constitución que realizó el IIJ de la UNAM, es lo que propone
hacer el Congreso del Estado a la constitución de Chiapas con la diferencia de
que este no busca limitarse a ser una alternativa de constitución hecha por
expertos juristas, sino una reforma que haga de la Carta Magna un documento ciudadano elaborado con el
pensamiento de todos los chiapanecos.
¿Para
qué otra modificación a la constitución, acaso no estamos bien con la actual?
Esta y muchas otras preguntas surgieron con el anuncio de la inauguración de
los Foros y Mesas de Trabajo para la
Reforma Integral a la Constitución Política de Chiapas, que hizo el
diputado Eduardo Ramírez Aguilar en el aniversario de la promulgación de la
Constitución de 1917. Y no están mal en
cuestionar.
De
entrada, ¿para qué sirve la constitución? Desde una perspectiva meramente
política, toda constitución sirve para superar los momentos de crisis, dirimir los
conflictos y canalizar las disputas por el poder. Como el trance político que provocó
Andrés Manuel López Obrador al impugnar las elecciones del 2006 y considerarse
ganador de la contienda, pero mediante la constitucionalidad el Tribunal
Electoral falló a favor de Felipe Calderón, entregándole así la presidencia de
la República. Con esa actuación dentro de la legalidad se destrabó el problema,
aunque en la locura López Obrador se erigió presidente legítimo durante todo el
sexenio. En fin, debemos entender que la constitución sólo tiene poderes
normativos, no curativos.
En otras palabras, los
textos de las constituciones contienen pautas orientadas a modular, encauzar y
regular el comportamiento de las personas y las instituciones. No obstante,
cuando se aprueban reformas constitucionales y estas comienzan a surtir efecto
las condiciones de convivencia también cambian, algunas para bien y otras para
mal. Se prohíben comportamientos antes permitidos o se consienten otros que antes
eran desaprobados; desaparecen organismos gubernamentales para darle paso a
otros de los que se espera un mejor rendimiento, etcétera.
Y en el proceso reformativo
la constitución se inunda de contenido técnico de difícil comprensión para el
ciudadano común, se aleja del contexto social y en la mayoría de los casos
tiene consecuencias negativas, pues su interpretación se vuelve patrimonio de
una élite experta en términos legales, y dentro de esa minoría ilustrada
destaca la judicatura que termina por definir el verdadero contenido
constitucional.
Así pasó con la
constitución chiapaneca. Se promulgó en el año de 1826 con cuatro títulos
divididos en 22 capítulos y 134 artículos, y ha sido modificada en seis
ocasiones, en 1858, 1894, 1921, 1973, 1982 y 2011. La constitución actual, que
cumplirá cinco años en este 2016, cuenta con 15 títulos, 24 capítulos, 96
artículos y dos transitorios. Y es mucho más extensa. Desde la primera reforma hasta
la última, el texto magno ha crecido casi tanto como el texto original. Aunque
nunca se dieron a conocer los artículos y párrafos reformados o derogados.
Quedó en el oscurantismo.
La
reforma del 2011, llamada Constitución Política
del Estado de Chiapas Siglo XXI, cambió en esencia la constitución de 1921.
Y entre las demás sobresale por incluir el tema de los Derechos Humanos como
garantía del Estado y por elevar a nivel constitucional los Objetivos de
Desarrollo del Milenio del programa de las Naciones Unidas con el fin de combatir
la pobreza extrema y elevar el índice de desarrollo humano y calidad de vida de
los habitantes, asimismo, por tocar el tema de los derechos de los migrantes, frontera
sur, la aportación económica para personas mayores de 64 años, proscribir el uso
del arraigo, entre otros.
A simple vista se ve
como una constitución más liberal, garantista, democrática y reglamentista que
antes, pero en el fondo es muy superficial, con modificaciones hechas a la ligera,
sin tomar en cuenta la realidad contextual del estado. En su redacción carece
del rigor temático, gramático, sintáctico y conceptual, también es más larga, oscura,
confusa, contradictoria y menos legible.
Pedagógicamente
hablando, diríamos que se trata de una constitución de apariencias,
contrastada, nueva pero longeva, parchada y tan deformada que no corresponde -y
mucho menos responde- a las necesidades de la sociedad actual. Y cabe
preguntar, ¿de qué sirvió incluir los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la
ONU si en el último reporte del CONEVAL la pobreza, la marginación y la
dispersión social en Chiapas crecieron en un 40% en el último año del periodo
sabinista?
Por
todos los puntos señalados, era inaplazable una reforma a la constitución de
Chiapas.
Estoy
seguro que la Carta Magna de los chiapanecos puede convertirse en un documento
ciudadano, tal como lo refiere el diputado Eduardo Ramírez. Abrir foros de
discusión y mesas de debate para que toda la población converja con ideas y
propuestas en el sentir de cimentar las bases para un mejor Chiapas, es un acto
valeroso que aporta en mucho a la democracia, puesto que significa ser un
trabajo legislativo técnicamente sólido, políticamente imparcial y socialmente
útil.
Esta
reforma integral, con la participación de todos, pasará a la historia como el
esfuerzo colectivo con mayores efectos políticos y sociales y, sobre todo,
jurídicos dignos del momento y de los retos de este siglo.
Este es el tiempo
propicio para decidir los rumbos queremos tomar y el desarrollo que tanto hemos
anhelado para Chiapas. Es la coyuntura ideal, jamás vista en el México
contemporáneo, para reordenar y consolidar el marco constitucional que tenemos.
Au Revoir.
@_MarioCaballero
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